Decreto 200
En el complejo panorama jurídico y laboral actual, las leyes y decretos juegan un papel fundamental en la regulación de las relaciones entre empleadores.
En un mundo laboral en constante evolución, la seguridad y el bienestar de los trabajadores se han convertido en temas de máxima prioridad. Recientemente, Chile ha dado un paso importante al promulgar la Ley N° 21.687, que modifica la Ley N° 21.643 en el ámbito del Código del Trabajo. Este cambio legislativo está diseñado para fortalecer las medidas de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y de violencia en el trabajo.
Detalles de la Ley N° 21.687
La nueva ley introduce modificaciones precisas al Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, establecidas en la Ley N° 18.883. Estas modificaciones consisten principalmente en ajustes de referencias a artículos específicos dentro del marco legal. Aunque a primera vista estos cambios pueden parecer simples ajustes administrativos, su impacto es significativo para asegurar que las regulaciones sean claras y efectivas.
Cambios Específicos:
Artículo 124: Esta disposición se ha modificado reemplazando en su inciso segundo, que fue incorporado por el numeral 6, la referencia al "artículo 84" por "artículo 82".Este artículo del Estatuto Administrativo regula la instrucciín de investigaciones sumarias que pueden ser ordenadas por el alcalde cuando se sospecha la existencia de hechos susceptibles de sanción disciplinaria. En situaciones relacionadas con posibles infracciones a lo dispuesto en el artículo 82, especialmente en sus letras l) y m), la autoridad solo podrá desestimar la denuncia mediante una resolución debidamente justificada, la cual debe ser notificada al denunciante dentro de cinco días.
Artículo 127: Similarmente, se ha sustituido en el inciso tercero, incorporado por el literal a) del numeral 8, la referencia al "artículo 84" por "artículo 82". Este artículo establece que el sumario administrativo será ordenado por el alcalde mediante un decreto en el cual designará a un fiscal encargado de la investigación i el sumario se refiere a infracciones de los derechos fundamentales o acoso, deberá designarse preferentemente a un fiscal con formación en la prevención, investigación y y sanción de acoso o en temas de género. Además, se garantiza que las víctimas y personas afectadas por estos hechos puedan aportar antecedentes, conocer el contenido de la investigación desde la formulación de cargos, ser notificadas y presentar recursos, al igual que el funcionario inculpado.
Guía para Empleadores y Trabajadores
Con la promulgación de la Ley N° 21.687, tanto empleadores como empleados deben estar informados y preparados para adaptarse a los cambios que esta nueva legislación introduce. Aquó e ofrecemos algunas recomendaciones para facilitar esta transición y asegurar un entorno laboral seguro y respetuoso.
1. Revisión de Políticas Internas:
Empleadores: Es crucial revisar y actualizar las políticas internas de la empresa en relación al acoso y la violencia en el trabajo. Asegúrate de que las políticas reflejen los cambios legislativos y sean comunicadas de manera clara a todos los empleados.
Trabajadores: Familiarízate con las políticas de tu empresa y tus derechos bajo la nueva ley. Esto te permitirá identificar y denunciar situaciones inapropiadas de manera efectiva.
2. Capacitación y concienciación:
Empleadores: Implementa programas de capacitación regular para todos los niveles de la organización, enfocándose en la prevención del acoso y la violencia, así como en los procedimientos para reportar incidentes.
Trabajadores: Participa activamente en las capacitaciones y asegúrate de entender los procedimientos para reportar cualquier caso de acoso o violencia.
3. Establecimiento de Canales de Comunicación:
Empleadores: Crea y mantén canales de comunicación claros y confidenciales para que los empleados puedan reportar incidentes de acoso o violencia sin temor a represalias.
Trabajadores: Utiliza los canales establecidos para reportar incidentes y busca apoyo si te sientes víctima de acoso o violencia.
4. Promoción de una Cultura de Respeto:
Empleadores: Fomenta un ambiente de respeto e inclusión en el lugar de trabajo. Esto puede lograrse a través de políticas de cero tolerancia hacia el acoso y la violencia.
Trabajadores: Contribuye a una cultura de respeto apoyando a tus compañeros y promoviendo un entorno de trabajo positivo y seguro.
Conclusión
La Ley N° 21.687 representa un avance significativo en la protección e los trabajadores chilenos. Al fortalecer las medidas contra el acoso laboral y la violencia, esta ley no solo mejora el marco legal existente, sino que también cimenta las bases para crear ambientes laborales más seguros y equitativos. Es responsabilidad de todos, empleadores y trabajadores, trabajar juntos para implementar estos cambios y asegurar que nuestros lugares de trabajo sean espacios de respeto y dignidad para todos.
Fuente: Bcn.cl
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